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Preguntas mas Frecuentes

¿Cómo se calcula los honorarios legales? – Todos nuestros honorarios son hechos en una base estándar de contingencia de la tercera parte, - eso es, no se cobra a menos que se gane. Se calcula la tercera parte de la cantidad recuperada después de restar los gastos del bolsillo (disbursements) que haya sido avanzado por el abogado durante el caso. Ejemplos de estos gastos son cargos de la corte, transcripciones del testimonio, honorarios de testigos expertos, las animaciones médicas, etc. Esto tiene como resultado un honorario legal más bajo que cargando la tercera parte de la cantidad recuperada entera, y esto es el único tipo de 1/3 contingencia que se permite en el Estado de Nueva York, 22 NYCRR § 806.13(b). Para tomar un ejemplo muy sencillo, si fuera un caso de 10 dólares, y los gastos del bolsillo serían un dólar, el honorario legal sería 10 menos 1 = 9, dividido por 3, o 3 dólares.

Fui herido en el trabajo. ¿Cómo pagaré mis cuentas médicas? – Aunque usted generalmente no sea permitido demandar su propio empleador, (ni en contra de nadie que sea un empleado de su propio empleador), todos los que sufren herido en el trabajo tienen un derecho absoluto para hacer un reclamo de compensación del trabajador. Para hacer un reclamo de compensación del trabajador, no hay necesidad de demostrar que la herida fue por culpa del empleador o por cualquier otra parte; solo que la herida ocurriera en el curso del empleo, y, con excepción muy rara, esto es verdad incluso aunque el accidente ocurre por culpa de Ud. mismo. Si el empleador no tiene seguro de compensación del trabajador, el trabajador herido tiene la opción de hacer un reclamo contra el UEF, (Fondo de Patrones No Asegurados), un fondo estatal, que proporcionará los mismos beneficios de compensación, aunque muy lentamente, o demandar al empleador en la corte por negligencia. Esta opción existe solamente en contra del patrón que no tenga seguro de compensación del trabajador.  

Fui herido en el trabajo. ¿Puedo entablar demanda además de reclamo de la compensación del trabajador? – En muchos casos, sí. En los accidentes de construcción, especialmente, el propietario y el contratista general son responsables de ciertas infracciones de seguridad aún donde ellos no fueron directamente responsables. En toda clase de casos, los pleitos pueden ser traídos contra cualquier partido responsable por la herida, menos el  empleador o a un colega empleado por el mismo empleador. Un ejemplo de esto es el empleado de la fábrica herido por una máquina defectuosa. El tiene el derecho de demandar al fabricante de la máquina, pero no a su empleador. Otro ejemplo es el empleado en una camioneta, que es pasajero mientras una colega de trabador maneje, y pase un choque. El tiene el derecho de demandar al otro conductor en el accidente, pero él no puede demandar su colega ni a su empleador.

Soy un inmigrante no documentado. ¿Puedo entablar demanda si soy herido? Definitivamente, sí, usted puede. Cualquier persona que sufre herida puede demandar, o pedir beneficios de compensación del trabajador, no importa su status migratorio. Bajo la ley actual, las personas que estén en el país ilegalmente también pueden demandar para sueldos perdidos sin un número del seguro social válido, pero los problemas pueden surgir en casos donde documentos falsos, como una tarjeta falsificada de seguridad social, fue proporcionada al empleador en aquel momento de contratar el empleo. Aún en tales casos, sin embargo, si se pierde el derecho de reclamar por sueldo perdido, una demanda para el dolor y sufrimiento todavía se puede hacer con toda tranquilidad, no solo por dolor y sufrimiento, pero también por futuros gastos médicos, que pueden ser muy substanciales.

Yo me caí en la acera. ¿Es esto un caso contra la Ciudad? – La Cuidad de New York ya no tiene responsabilidad por la mayoría de accidentes que ocurren en las aceras municipales. En 2003, § 7-210(b) del Codigo Administrativo de La Cuidad de Nueva York (New York City Administrative Code) entró en vigencia. Esto quitó la responsabilidad de la cuidad, echándola por lado del dueño privado de la propiedad abordando la acera. Esto significa que el dueño privado generalmente tiene responsabilidad por cualquier heridas causadas por falta de la mantención de la acera, incluso concreto roto, tanto como hielo, nieve o basura no limpiada. Esta regla no aplica a casas de una, dos o tres familias, mientras que i) uno de los dueños vivan allí; y  ii) nadie está usando el local por cualquier propósito comercial. En tales casos, la cuidad está responsable todavía, pero hay algunas condiciones especiales con que tenemos que cumplir para demandar en contra de la Cuidad exitosamente. Si la acera está al borde de propiedad municipal, como un parque público, la acera es todavía la responsabilidad de la cuidad.

Estuve en un accidente de automóvil. ¿Qué debo hacer primero? NO NOTIFIQUE A SU COMPAÑIA DE SEGUROS DEL ACCIDENTE ni CUALQUIER OTRA COMPAÑIA DE SEGUROS SIN HABLAR CON SU PROPIO ABOGADO PRIMERO. Si Ud. habla con ellos por teléfono, la conversación será grabada generalmente, y la gente que le hace las preguntas son muy engañosas, y saben mucho más de este campo que Ud.. Se puede  derrotar o minimizar su caso por hablar con ellos. Ud. no tiene nada para ganar por hablar con estas personas, pero usted puede hacer gran daño a su caso, o perder aún su caso completamente sin ser consciente del significado de algunos de las cosas que Ud. les ha dicho. Mientras su compañía de seguros propia le dirá que usted tiene una obligación de cooperar con ellos, que es verdad, Ud. tiene derecho absoluto de tener a su abogado hacer esto sin que ellos hablen con usted directamente. Esto es un derecho que usted debe aprovechar, o la compañía de seguros ciertamente le aprovechará de Ud.

Fui herido en un accidente de auto. ¿Quién pagará mis cuentas médicas?

Si usted fue un conductor o un pasajero, la compañía de seguros que cubre el vehículo que usted ocupó cuando pasó el accidente es responsable del pago de sus cuentas médicas, (Insurance Law Article 51, NYS Insurance Dept. Regulations, 11 NYCRR Pt. 65, Regulation 68) así como el pago de sus sueldos perdidos (hasta un pago máximo de $ 2.000 por mes por un máximo de 3 años, 11 NYCRR § 65.-1.1). Este esquema de pago para cuentas médicas se llama “No-Fault”, porque se fija la responsabilidad para cuentas medicas sin tomar en cuenta cual chofer tuviera la culpa; está fijada según el vehículo que ocupaba en el momento del accidente. Bajo una póliza mínima y estándar, usted tiene derecho a $50.000 en beneficios médicos y sueldos perdidos, pero cuando estos pagos agregan hasta $50.000 o más, la póliza se agota, (“maxes out”); esto significa que la compañía no pagará ningún beneficio más con respecto a esta persona, y que otros arreglos deben ser hechos para su tratamiento médico. Si el vehículo en que usted estuvo tuvo una cobertura mas allá de lo mínimo requerido, (llamado OBEL o APIP), esa cobertura esta puesto en juego, y proporciona beneficios después de que los primeros $50.000 hayan sido pagados. Si usted fue un pasajero en otro vehículo cuando el accidente sucedió, y usted mismo tiene este tipo de seguro en su propio auto, esta cobertura debe estar disponible a usted para cualquier accidente, incluso si su propio auto ni fuera presente en la escena del accidente. Si no hay tal seguro  disponible, y usted necesita más cuidados médicos después de que los primeros $50.000 se haya utilizado, nosotros casi siempre podemos hacer algún tipo de arreglo para pagar la facturas médicas al final del caso, así que usted casi siempre puede conseguir el tratamiento médico que usted necesita realmente.

¿Cómo decide el jurado cuánto me corresponde por mis heridas?

Usted será llamado a testificar delante del jurado con respecto a sus heridas, su tratamiento médico, su dolor y sufrimiento, y las varias causas en las que el accidente ha sido afectado en su vida diaria. Si usted está casado, su pareja debe ser llamada generalmente como un testigo, porque nadie esta más enterado de cómo esto le ha afectado. Si usted practicó algún deporte o actividad recreativa antes del accidente, las personas con quien compartió estas actividades, (nosotros los llamamos "testigos antes de y después de"), deben ser llamados a describir esto. Muchas veces sus limitaciones y las dificultades físicas pueden ser presentadas mucho más efectivas y de forma convincente por otros que por usted mismo. Las fotografías de actividades en la que usted participó también pueden ser ampliadas o proyectadas en pantalla para el jurado, y así pueden expresar su pérdida con más fuerza. Usted también testificará acerca de su historia laboral y acerca de su potencial para ganar más dinero en cualquier trabajo, el comercio o la profesión en que usted se dedicaba antes del hecho. Hay un experto llamado el economista, lo cual hace estimaciones de su ingreso perdido por el total de su vida laboral. Esta categoría de daños puede llegar en los millones de dólares por sí. El testimonio médico es obviamente una parte crítica de cada caso de herida física. Usted necesita abogados que tomarán el tiempo necesario de reunirse con los médicos que están tratándole,  en sus oficinas con mucha anticipación, para tener una idea buena de lo que será y no será su testimonio mientras su caso este en el progreso, en vez de esperar la víspera del juicio para hablar con ellos.

 Al jurado no se da ninguna fórmula para calcular la cantidad que usted será concedido. Toda clase de abono del jurado es separada en esos daños contraídos en el pasado, eso es, hasta la fecha del juicio, y del futuro, que es el tiempo que comienza con la fecha del juicio y cubrir su esperanza de vida, ( o su vida laboral). La hoja típica del juicio del daño se parece a esto:

(1) Indica separadamente la cantidad concedida para los artículos siguientes de daños, si cualquiera, del tiempo de la ocurrencia hasta la fecha de su juicio:

Gastos médicos_______________

La pérdida de Ingreso   ________________

El dolor y sufrimiento hasta la fecha de su juicio________________

(2) Indica separadamente la cantidad concedida para los artículos siguientes de daños, para ser contraído en el futuro:

Gastos médicos ______________

La pérdida de Ingreso _______________

El dolor y el Sufrimiento, inclusive el permanente efecto de la herida, del tiempo del juicio al demandante del tiempo podrían ser esperado vivir.
_____________________________

(3) Si usted decide conceder cualquier cantidad pensó compensar el demandante para daños para ser contraído en el futuro, entonces para cada artículo para que Uds. proporcionaron cualquier compensación, indican el período de años sobre cuál tales cantidades es pensado corresponder.

Quizás parezca que el jurado saca una cantidad del aire, y algunas personas concuerden. Sin embargo, los abogados experimentados saben que los veredictos excelentes vienen de la preparación incansable. Primero, porque cualquier miembro del jurado toma una decisión muy subjetiva cuando él o ella deciden cuánto usted debe ser concedido, los jurados le deben de querer. Cada uno de nosotros tenemos aspectos simpáticos de su personalidad, así como algunos aspectos que quizás no estén tan agradables. Lo mismo de la esposa o testigos "antes y después" que vamos a presentar. El testimonio médico no sólo debe ser exacto y creíble, debe ser ilustrado apropiadamente. Las ilustraciones médicas demuestran la realidad de sus heridas graves, y con ellos pueden ser entendidos gráficamente. Por esto, utilizamos ampliación de MRI o CAT, interpretaciones artísticas de fracturas o piezas de metales quirúrgicas que han sido colocados, y las ilustraciones animados de sus cirugías. El testimonio del economista también debe ser creíble, especialmente cuando sus proyecciones están en los millones de dólares. Sobre todo, los abogados que usted ha escogido son los que hablarán en su nombre. Lo más importante es que ellos mantengan la credibilidad con el jurado para conseguir un veredicto que dará a usted la compensación justa, que usted merece para las heridas graves que usted ha sufrido.